Deudas con la Seguridad Social y responsabilidad de administradores
Independientemente de las atribuciones que los estatutos de la sociedad confieran al cargo de administrador, éste debe cumplir una serie de deberes que son inherentes a su cargo.
Lógicamente el administrador debe actuar de manera diligente y defender con lealtad los intereses de su empresa y ha de estar convenientemente informado de la marcha del negocio e informar a los socios de los pormenores del mismo. Sin embargo se le puede imputar responsabilidad, y deberá responder por ello, si se demostrase que, bien por acción u omisión, ha contribuido a los resultados negativos o a no intentar evitar que éstos se produjeran. En los párrafos siguientes se analizarán los supuestos en que un administrador responde personalmente de las cuotas adeudadas a la Seguridad Social.
Puedes leer el artículo completo de Marta Casado, miembro de San José Abogados, en el Periódico de la Construcción.