Sentencia del Tribunal Supremo sobre cláusula Suelo
El Tribunal Supremo dictó el pasado 16 de octubre de 2017 una Sentencia trascendental para miles de personas que suscribieron hipotecas con cláusula suelo, y que con posterioridad, firmaron acuerdos con las entidades bancarias, para rebajar el tipo de interés de la cláusula suelo, o eliminarlo, renunciando a ejercitar acciones contra la entidad para reclamar la devolución de las cantidades cobradas indebidamente.
Nuestro Alto Tribunal establece que una condición general de la contratación abusiva, es nula, y no puede convalidarse nunca, ni por el paso del tiempo, ni por la firma de un acuerdo que verse sobre la misma.
Una vez que se ha establecido un criterio claro al respecto, es hora de interponer demandas contra las entidades que no han estimado las reclamaciones extrajudiciales en las que les pedíamos que anularan la cláusula suelo y devolvieran las cantidades cobradas indebidamente a los clientes.
En San José Abogados os animamos a que nos consultéis sobre la viabilidad de una reclamación contra la entidad bancaria que os hizo firmar un acuerdo por el que renunciabais a interponer acciones contra la misma, dado que con la Sentencia del Tribunal Supremo, dicha renuncia no es válida, y mantenéis todos vuestros derechos vigentes.