Nuevo libro registro de operaciones económicas
Hasta el ejercicio 2013 inclusive, las personas físicas, comunidades de bienes y otras entidades que desarrollaban actividades económicas, estaban obligadas a llevar los Libros Registro indicados en la normativa reguladora del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Valor Añadido. Con la aprobación del Decreto Foral 44/2013, de 26 de marzo, se pretende unificar la llevanza de Libros Registros, de tal forma que desde enero de 2014 están obligadas a la llevanza de un nuevo Libro Registro de Operaciones Económicas, que viene a sustituir a todos los anteriores.
El Decreto Foral 44/2013 de 26 de marzo, dictado por la Diputación Foral de Bizkaia y que regula determinadas obligaciones tributarias formales en dicho territorio, ha introducido una importante modificación, al establecer la obligatoriedad para el ejercicio 2.014 de la llevanza y conservación de un único libro de registro de facturas, denominado Libro Registro de Operaciones Económicas, y la correspondiente obligación de suministrar la información en él registrada a la Hacienda Foral de Bizkaia, mediante la presentación de un nuevo modelo informativo (modelo 140).
Puedes leer el artículo completo de Iñaki Garcés, miembro de San José Abogados, en el Periódico de la Construcción.