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Novedades en la prestación por cese de actividad

Iñaki Garcés, miembro de San José Abogados, sigue informando sobre las novedades legislativas, y en concreto sobre el texto remitido desde la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social el pasado día 29 de abril, en relación a la gestión de la prestación extraordinaria por cese de actividad de los trabajadores autónomos.

Como consecuencia de las sucesivas prórrogas que se han ido produciendo en la declaración del estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo, se han ido desarrollando situaciones que han producido cambios de criterios en la prestación extraordinaria por cese de actividad de los trabajadores autónomos.

Entrega/recogida de documentación, y reuniones en San José Abogados

Afortunadamente comienzan a darse pasos hacia el desconfinamiento, de tal manera que en San José Abogados hemos implantado una serie de medidas que garanticen la seguridad de nuestros empleados y de aquellas personas que hayan de acudir a nuestras instalaciones, sin perjuicio de que seguiremos apostando por el teletrabajo hasta que se levante el estado de alarma.

Atendiendo las recomendaciones del Gobierno, os rogamos que os pongáis en contacto con el Despacho, ya sea telefónicamente o a través de mail, si es preciso que acudáis a nuestras instalaciones para entregar/recoger documentación, o para celebrar reuniones (siempre que no sea posible plantear vuestras dudas vía telefónica o por mail), a fin de que, con carácter previo, se os facilite una cita para poder llevarse a cabo.

Informe del Abogado General sobre la renuncia a demandar

Hace dos meses que conocimos el Informe del Abogado General del TJUE, sobre la petición de decisión prejudicial presentada por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 3 de Teruel (Asunto C-452/18), ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que versaba sobre la compatibilidad con la Directiva 93/13 del contrato suscrito entre la entidad bancaria IBERCAJA y un consumidor, en el que se acordaba novar la cláusula suelo que se incluía en el préstamo hipotecario entre las partes, confirmando la validez del contrato de préstamo y la renuncia mutua a impugnar la indicada cláusula suelo por la vía judicial.

El asunto resulta trascendental porque muchas entidades bancarias aprovecharon la incertidumbre creada en 2013, tras la Sentencia del Tribunal Supremo que declaraba la nulidad de la cláusula suelo pero absolvía a las entidades de la devolución del dinero que habían percibido fruto de la aplicación de la referida cláusula, para proponer a sus clientes que firmaran un documento que anulaba la cláusula, a cambio de que éstos renunciaran a exigirles los importes pagados fruto de su indebida aplicación durante años.

ALGO FALLA – Hechos consumados y derecho de familia

Hay una explicación recurrente que nos vemos obligados a utilizar con nuestros clientes cuando, dolidos por la actuación de su ex pareja, nos preguntan qué pueden hacer: “el derecho  de familia llega tarde en la mayoría de las ocasiones”.

Nos referimos a casos en los que el progenitor no entrega al menor en la fecha y hora acordadas para el disfrute de vacaciones, o impide la comunicación telefónica establecida, o se niega a que el niño acuda a clases de refuerzo, o llega media hora tarde a las visitas, o no administra la medicación que necesita su hijo,…

CANCELAR TODAS TUS DEUDAS Y EMPEZAR DE CERO ES POSIBLE

Nuestra compañera de San José Abogados, Marta Casado, explica los pormenores de la Ley de Segunda Oportunidad, ante la presumible avalancha de casos que desgraciadamente se presentarán tras el estado de alarma.

“La experiencia ha demostrado que cuando no existen mecanismos de segunda oportunidad se producen desincentivos claros a acometer nuevas actividades e incluso a permanecer en el circuito regular de la economía. Ello no favorece obviamente al propio deudor, pero tampoco a los acreedores ya sean públicos o privados. Al contrario, los mecanismos de segunda oportunidad son desincentivadores de la economía sumergida y favorecedores de una cultura empresarial que siempre redundará en beneficio del empleo”.

¿ERTE POR FUERZA MAYOR O ERTE POR CAUSAS OBJETIVAS?

Una decisión con consecuencias económicas.

El pasado 18 de marzo se publicó en el BOE el RD-Ley 8/2020, por el que se simplifica, agiliza y flexibiliza la tramitación de Expedientes Temporales de Regulación de empleo (ERTE), bien sea para reducir la jornada laboral de los trabajadores afectados, bien sea suspender temporalmente la relación laboral de parte o toda la plantilla.

Estado de Alarma y Derecho de Familia

Lynn Trigueros, socia de San José Abogados, responde a las preguntas más habituales sobre el derecho de familia puesto en relación con el estado de alarma.

¿Cómo se debe dar cumplimento a las sentencias de divorcio, separación o de medidas de
guarda y custodia respecto de menores y a los convenios reguladores durante el estado de
alarma?

Nuevas medidas contra el coronavirus

El Gobierno ha ordenado nuevas medidas contra el coronavirus para los más vulnerables: inquilinos, autónomos y pymes.

Destaca la prestación para las empleadas del hogar dadas de alta en la Seguridad Social que pierdan su trabajo o vean reducida la jornada, lo que supone una novedad sin precedentes, puesto que hasta el momento dicho colectivo no tenía la posibilidad de acceder a una prestación por desempleo. La cuantía mensual a percibir asciende al 70% de su base de cotización.

Medidas contra el Coronavirus

Han pasado 15 días desde que fuera decretado el Estado de Alarma como consecuencia del Coronavirus, y las novedades legislativas han sido numerosas desde entonces.

El Gobierno ha pretendido regular la solicitud de ERTEs, a fin de evitar la pérdida de empleos, facilitando su tramitación al objeto de que las empresas opten por suspender los contratos, o reducir la jornada laboral de sus empleados, en lugar de despedirlos.