El problema de la responsabilidad por las sentencias de derribo en Cantabria

UrbanismoEl 13 de abril de 2011 se publicó en el Boletín Oficial de Cantabria la aprobación de la Ley 2/2011, de 4 de Abril que modificaba la Ley de Cantabria 2/2001, de 25 de junio, de Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria, en relación con los procedimientos de indemnización patrimonial en materia urbanística.

La modificación introducida tiene dos grandes consecuencias: a) Se establece la obligación legal de abonar a los perjudicados el importe de las indemnizaciones por responsabilidad patrimonial de la Administración en los supuestos de daños en sus bienes por anulación de licencias por sentencia con orden de demolición, con carácter previo al propio derribo, a la causación del daño efectivo; b) La paralización de la ejecución de fallos judiciales de demolición en aquellos procedimientos en los que no conste expediente de responsabilidad patrimonial finalizado, estando pendiente el abono de las indemnizaciones.

Puedes leer el artículo completo de Xabier Bilbao, miembro de San José Abogados, en el Periódico de la Construcción.