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El Tribunal Supremo deniega la custodia compartida por la conflictividad entre los padres

El Tribunal Supremo reitera su criterio de que la custodia compartida resulta deseable, siempre que se funde en el interés del menor, pero en el caso que resuelve, considera que el hecho de que exista un conflicto entre los padres, hace imposible otorgar la custodia compartida.

La custodia compartida: una alternativa que comienza a consolidarse

Desde su incorporación al artículo 92, la custodia compartida se ha ido consolidando como una alternativa a tener en cuenta en las rupturas matrimoniales. Como norma general, los tribunales han venido acordando la guarda y custodia compartida fundamentalmente en los procesos consensuados, a menos, por supuesto, que las concretas circunstancias del entorno familiar a valorar aconsejen otra solución mejor para la defensa del interés superior del menor.