Medidas contra el Coronavirus

Han pasado 15 días desde que fuera decretado el Estado de Alarma como consecuencia del Coronavirus, y las novedades legislativas han sido numerosas desde entonces.

El Gobierno ha pretendido regular la solicitud de ERTEs, a fin de evitar la pérdida de empleos, facilitando su tramitación al objeto de que las empresas opten por suspender los contratos, o reducir la jornada laboral de sus empleados, en lugar de despedirlos.

Estado de alarma y contrato de alquiler

Hace apenas una semana que se decretó el estado de alarma por el coronavirus, y se prohibieron ciertas actividades a fin de promover el distanciamiento social.

Entre las citadas actividades se encuentran las relacionadas con el mundo de la hostelería, las tiendas de ropa,…, comercios todos ellos que en la mayoría de las ocasiones se ubican en locales alquilados, y cuyas rentas pueden ser ciertamente elevadas dependiendo de la zona en que se encuentren.

Prestación extraordinaria por cese de actividad

Iñaki Garcés, miembro de San José Abogados, informa acerca de las medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, establecidas en el RDL 8/2020, de 17 de marzo, en concreto sobre la prestación extraordinaria por cese de actividad destinada a trabajadores autónomos.

Antes de pasar a definir el procedimiento y las condiciones para acceder a dicha prestación, es preciso poner de manifiesto que a día de hoy no está habilitada la solicitud telemática para acceder a la prestación, que la misma va a ser gestionada de manera conjunta entre la asesoría y las diferentes Mutas de cobertura de contingencias, y que estas entidades aconsejan esperar a la semana que viene para que pueda estar implementado el procedimiento abreviado y sin excesivos trámites, de solicitud y acceso a la prestación extraordinaria por cese de actividad.

Medidas fiscales de la Diputación de Bizkaia contra Coronavirus

El Consejo de Gobierno de la Diputación ha aprobado este martes, 17 de marzo, el Decreto Foral Normativo 1/2020, que será remitido para su ratificación a las Juntas Generales y que recoge un conjunto de medidas, de cara a intentar paliar en el ámbito fiscal, los graves problemas económicos que esta situación de pandemia generada por el COVID-19 está causando en autónomos y Pymes (menos de 50 trabajadores y que facturan por debajo de los 10 millones de euros anuales).

Las Haciendas Forales abordan estas medidas con carácter de urgencia, para conceder aplazamientos en los supuestos más urgentes, pero no se descarta que puedan tomar nuevas medidas según avancen las semanas en relación a otro tipo de impuestos como la declaración del IPPF (modelo 100) que se inicia en primavera y también a la del Impuesto de Sociedades (modelo 200) que se formula a finales de julio por parte de las empresas.

Estado de Alarma por coronavirus

Ayer día 14 de marzo de 2020 se publicó el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, fruto de la situación de emergencia de salud publica definida por la Organización Mundial de la Salud como pandemia internacional.

Entre las medidas adoptadas se encuentra la limitación de la libertad de circulación de las personas, las requisas temporales y prestaciones personales obligatorias, la contención en el ámbito educativo y de la formación, y en el ámbito de la actividad comercial, equipamientos culturales, establecimientos y actividades recreativos, actividades de hostelería y restauración, y otras adicionales como las desarrolladas en lugares de culto.

Sentencia del Supremo sobre las tarjetas revolving

El 4 de marzo de 2020 el Tribunal Supremo se pronunció sobre la validez de una tarjeta revolving, fruto del tipo de interés remuneratorio, considerándola nula por vulnerar la Ley de Usura de 1908.

La citada Sentencia, aunque polémica por la utilización de una ley centenaria que se elaboró para evitar las condiciones leoninas que los usureros imponían, y como sanción a un abuso inmoral, lo cierto es que confirma la postura de San José Abogados en cuanto a la ilegalidad en la comercialización de un producto financiero que han llevado a cabo multitud de entidades, a fin de cobrar cantidades ingentes a sus clientes, a través de una deficiente información sobre las consecuencias del uso de la tarjeta.

SENTENCIA IRPH DEL TJUE

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictado Sentencia en el caso del IRPH planteado por el Juzgado de Primera Instancia nº 38 de Barcelona.

Es preciso recordar que la Sentencia era muy esperada, como consecuencia del pronunciamiento del Tribunal Supremo sobre un recurso de casación en el que dio la razón a Kutxabank en la comercialización de una hipoteca referenciada al IRPH (STS 14 de diciembre de 2017).