El Tribunal de Justicia de la Unión Europea iguala la indemnización de temporales e indefinidos

El TSJUE sostiene en su Sentencia que no hay motivos para que la indemnización por extinción de un contrato laboral de un trabajador con un contrato temporal, se calcule de manera diferente a la indemnización  de un trabajador indefinido.

En España, a los primeros les corresponden 12 días por año trabajado, mientras que los segundos perciben 20 días por año trabajado.

La resolución judicial puede abrir la puerta a muchos trabajadores que se hayan visto afectados por una norma que el TSJUE considera contraria a Derecho, y en todo caso debería suponer la modificación de los artículos que establecen tal diferencia, para adaptar la normativa en vigor a la interpretación llevada a cabo por el TSJUE.