ACTOS DE CONCILIACION ANTE EL SMAC

¿Qué pasa con las conciliaciones que se tenían que haber celebrado ante el SMAC durante el estado de alarma?

Como bien sabéis, desde la declaración del estado de alarma todos los plazos, procesales y administrativos, se encuentran suspendidos.

Muchos de nuestros clientes se han dirigido a nosotros para preguntarnos qué pasará con las conciliaciones que han sido canceladas puesto que, según la legislación laboral, su celebración es necesaria para la presentación posterior de las demandas en la vía laboral.

Pues bien, el SMAC de Bizkaia nos ha comunicado que los actos de conciliación que ya había sido citados y que no pudieron celebrarse con motivo de la declaración del estado de alarma sanitaria, no se van a celebrar ni se van a citar de nuevo. Se están enviando por correo postal los certificados acreditativos de la no celebración del acto por motivo del estado de alarma sanitaria.

Y es con ese certificado con el que podremos interponer demanda en vía judicial, cuando se levante la suspensión de los plazos, sin que sea necesario volver a presentar una papeleta de conciliación o intentar una nueva citación.

En cualquier caso, si hubiera posibilidad de acuerdo entre las partes, el mismo se puede plasmar en un documento privado con abono de las cantidades que se acuerden, y cuando se reabra el servicio, que se anunciará oportunamente, se podrá solicitar la celebración de un acto de conciliación para levantar acta del citado acuerdo.

Y para vuestra tranquilidad es importante que os recordemos que los plazos de trámites procesales y administrativos continúan suspendidos, lo que garantiza el ejercicio de vuestros derechos cuando dicha suspensión sea alzada.