El Tribunal Supremo aclara que el complemento de jubilación no prescribe

El Tribunal Supremo ha dictado Sentencia el 21 de febrero de 2024 sobre la imprescriptibilidad de la reclamación del complemento de maternidad para las pensiones de jubilación, incapacidad permanente y viudedad.

Es preciso recordar que en 2016 se estableció un complemento de maternidad para mujeres, que incrementaba sus pensiones en un 5%-10%-15% dependiendo de si habían tenido 2, 3 o más hijos.

Años después, el 12 de diciembre de 2019, el TJUE dispuso que dicha regulación era discriminatoria y que los efectos debían extenderse a los hombres.

Desde entonces se sucedieron multitud de reclamaciones de varones jubilados a partir de 2016 que vieron cómo sus pensiones se incrementaban y la Seguridad Social les abonaba los atrasos por el tiempo que no les había liquidado el complemento, pero a otros muchos les rechazaron su solicitud porque la Administración argumentaba que había transcurrido el plazo de cinco años para poder reclamar.

Pues bien, la histórica Sentencia de 21 de febrero de 2024 desestima el criterio de la Seguridad Social para denegar el complemento de jubilación, y permite a miles de personas solicitar un incremento de sus pensiones.

Si eres hombre, te jubilaste, o te concedieron una incapacidad permanente o de viudedad entre 2016 y 2021, y tienes dos o más hijos, puedes ver incrementada tu pensión (unos 700 euros anuales, de media), y recibir una cantidad en concepto de atrasos (superior a los 6.000 euros de media).

En San José Abogados somos especialistas en la reclamación del complemento de vuestras pensiones. Consultad sin compromiso. Trabajamos en todo el territorio nacional.