El Tribunal Supremo falla a favor de las entidades bancarias sobre el IRPH
El Tribunal Supremo ha fallado a favor de la entidad bancaria en el primer recurso de casación sobre la nulidad del IRPH.
El Tribunal Supremo ha fallado a favor de la entidad bancaria en el primer recurso de casación sobre la nulidad del IRPH.
El Tribunal Supremo tiene previsto fallar el 22 de noviembre de 2017 sobre el primer caso de nulidad de la cláusula que establecía el IRPH en una hipoteca de Kutxabank, que se resuelve en casación.
El Tribunal Supremo dictó el pasado 16 de octubre de 2017 una Sentencia trascendental para miles de personas que suscribieron hipotecas con cláusula suelo, y que con posterioridad, firmaron acuerdos con las entidades bancarias, para rebajar el tipo de interés de la cláusula suelo, o eliminarlo, renunciando a ejercitar acciones contra la entidad para reclamar la devolución de las cantidades cobradas indebidamente.
Nuestro compañero Xabier Bilbao, fue entrevistado el viernes en COPE, sobre la nueva regulación foral en materia de sucesiones.
Los trabajadores jubilados de Telefónica que hubieran cotizado a la Mutualidad Institución Telefónica de Previsión (ITP) con anterioridad al 1 de enero de 1979, tendrán la posibilidad de declarar solamente el 75% de la pensión recibida de la Seguridad Social a la hora de presentar su Declaración de la Renta.
El Juzgado de Primera Instancia nº 11 de Bilbao ha estimado una demanda en materia de nulidad de cláusula suelo, presentada por un cliente que había firmado un acuerdo con CAJA LABORAL, mediante el que eliminaban dicha cláusula, a cambio de que éste renunciara a reclamar las cantidades que le correspondían por la indebida aplicación de la misma, durante años.
El Juzgado de Primera Instancia nº 11 de Bilbao ha dictado sus dos primeras Sentencias, en sendos procedimientos en los que se solicitaba la nulidad de la cláusula hipotecaria que imponía a los clientes del banco, el pago de todos los gastos de la operación.
El IVPEE (Impuesto sobre el Valor de la Energía Eléctrica) fue aprobado por la Ley 15/2012, y se comenzó a aplicar en 2013, gravando con un 7% la generación de electricidad. Desde el comienzo ha resultado muy polémico, y son varios los argumentos que empleamos para defender su ilegalidad:
El Tribunal Supremo, en Sentencia de 15 de octubre de 2014, estimó parcialmente un recurso en el que se solicitaba la reducción de la renta mensual que abonaba una cadena hotelera, por el alquiler de un edificio, fruto de la modificación sobrevenida de las circunstancias que se tuvieron en cuenta a la hora de formalizar el acuerdo:
ETB se puso ayer en contacto con San José Abogados, para conocer nuestra opinión sobre la creación de Juzgados especializados en condiciones generales de la contratación, o lo que es lo mismo, en los conflictos relativos a los derechos de los consumidores, puestos en relación con las hipotecas que se han venido suscribiendo a lo largo de estos últimos años.
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