Otra Sentencia del Tribunal Supremo en materia de aportaciones de Fagor

El Tribunal Supremo ha condenado a Caja Laboral a devolver el importe destinado a Aportaciones Financieras Subordinadas, por un matrimonio, fruto de la indebida comercialización de las AFS.

La entidad bancaria utilizó el argumento de la experiencia del matrimonio en el sector financiero, aludiendo a la condición de licenciado en empresariales del marido, y de cooperativista de la esposa – trabajaba como administrativa en Caja Laboral -,  para eludir su responsabilidad a pesar de la deficiente información que les brindó, a la vista de la prueba practicada, no obstante lo cual, nuestro Alto Tribunal ha considerado que los estudios de los demandantes no han de tenerse en cuenta a la hora de valorar el cumplimiento del deber de información por parte de las entidades bancarias.

Estamos ante una semana muy importante para los afectados por la comercialización de AFS de Eroski y Fagor, puesto que el Tribunal Supremo se muestra favorable a estimar las demandas formuladas contra las entidades bancarias que vendieron este producto complejo entre clientes minoristas, lo que allanará el camino de las personas que se decantaron por la vía judicial para recuperar sus ahorros.