NUEVA SENTENCIA SOBRE PLAZOS PARA RECLAMAR GASTOS HIPOTECARIOS

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha emitido el día de hoy 25 de abril de 2024 un fallo que podría cambiar el panorama para los consumidores hipotecarios, manteniendo la posibilidad de continuar reclamando la devolución de los gastos a las entidades financieras.

Según la sentencia del TJUE, el plazo para reclamar los gastos hipotecarios se inicia con la declaración de la cláusula como nula por abusiva por el propio juzgado, en lugar de partir desde la firma del contrato hipotecario, como se había interpretado anteriormente por algunos juzgados o desde que se habían dictado algunas de las Sentencias más relevantes del Tribunal Supremo.

Esta Sentencia marca un giro significativo en la interpretación del día de inicio para el computo del plazo, y dificulta, aun más, el argumento sobre la prescripción que venían utilizando las entidades bancarias cuando recibían las reclamaciones extrajudiciales, e incluso en sede judicial.

La explicación sobre cómo interpretar el comienzo del plazo resulta del todo beneficiosa para los consumidores hipotecarios, ya que el TJUE entiende que hasta que no se declara nula y abusiva la cláusula no comienza a contarse el plazo de prescripción de la acción que permite el reembolso de las cantidades indebidamente abonadas, sin perjuicio de que la entidad financiera pueda acreditar que el consumidor conocía con anterioridad la nulidad de la cláusula gasto contenida en su escritura de hipoteca.

Se trata de buena noticia para todos aquellos consumidores rezagados que aún no presentado su reclamación, y para todos aquellos que tienen su demanda judicial en tramitación.

En resumen, la sentencia del TJUE refuerza la protección de los derechos de los consumidores en el ámbito hipotecario, al otorgarles una mayor capacidad para impugnar cláusulas abusivas y proceder a la restitución de los gastos hipotecarios.

Para leer la Sentencia de la sala 9ª de Tribunal de Justicia de la Unión Europea pincha en el siguiente enlace:

CURIA – Documentos (europa.eu)