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¿Un paso atrás en la prevención del dumping social?

El 3 de abril de 2008 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) dictó una sentencia por la que permite a las empresas que desplazan temporalmente a sus trabajadores a otro Estado de la Unión Europea abonar un sueldo inferior al estipulado por el convenio vigente.