¿Un paso atrás en la prevención del dumping social?

 

El 3 de abril de 2008 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) dictó una sentencia por la que permite a las empresas que desplazan temporalmente a sus trabajadores a otro Estado de la Unión Europea abonar un sueldo inferior al estipulado por el convenio vigente. Con este pronunciamiento, el TUE sienta una interpretación de la Directiva 96/71/CE que puede mermar la protección que ésta dispensa a los trabajadores desplazados.

Puedes leer el artículo completo de Marta Casado, miembro de San José Abogados, en legaltoday.com.