AVISO PARA MUTUALISTAS DE BBVA, TELEFÓNICA,…

 

¿Eres trabajador jubilado de BBVA, Telefónica, Banco Santander, Caixabank,…, y has cotizado antes de 1979?

Entonces, tu empresa habrá cotizado por ti a la mutualidad de previsión social correspondiente y este artículo puede ayudarte a recuperar parte de tu pensión.

Según la normativa que regula el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas, los trabajadores que hayan cotizado a una mutualidad de previsión social antes del 1 de enero de 1979, y que estén jubilados, tendrán la posibilidad de desgravar hasta un 25 % de la pensión recibida de la Seguridad Social a la hora de presentar su declaración de la Renta.

¿En qué se traduce esto?

Imaginemos un trabajador que empezó a trabajar en BBVA el 01/01/1960 hasta el 01/01/2010, fecha en que causó baja por jubilación:

  • ¿Qué parte de tu periodo cotizado puedes reclamar?

Desde el día que empezaste a trabajar, el 01/01/1960, hasta el 31/12/1978 (la fecha común para todos).

  • ¿Qué % es de tu pensión total?

Aproximadamente un 40%.

  • ¿Cuánto dinero puedes recuperar?

Cantidades que rondan los 2.000 euros por los últimos cuatro años, y 500 euros anuales en adelante, más los intereses legales.

¿Hacienda está aplicando automáticamente este criterio?

A día de hoy Hacienda no lo reconoce automáticamente.  Habrá que reclamar año a año. Sin embargo, si tardas en iniciar la reclamación, perderás el derecho a exigir la devolución de lo pagado de más, puesto que en ningún caso es posible reclamar más de 4 años atrás – la ley sólo permite reclamar los últimos cuatro años -. Por eso Hacienda no aplica este criterio automáticamente y está interesada en retrasar al máximo su aplicación.

¿Tiene algún riesgo la reclamación?

Ninguno.

¿Qué ofrecemos?

Un equipo de abogados con experiencia dilatada y demostrable en este tipo de reclamaciones colectivas (IRPF maternidad, plusvalía municipal, productos bancarios como las (AFS) Preferentes de Eroski y Fagor, clausula suelo en hipotecas, clausula gasto de hipoteca, deuda y bonos subordinados, acciones del Banco Popular,…), con capacidad para prestar un asesoramiento individual y personalizado a cada cliente.

¿Qué documentación necesitamos?

Únicamente un certificado del tiempo cotizado a la mutualidad de previsión social de la que procedas:

  • En el caso de Telefónica: Se puede solicitar a través del siguiente enlace https://desvinculados.gesnext.com/
  • En el caso de BBVA: Se puede solicitar al Servicio de Atención al Empleado del BBVA (SAE) al teléfono 91 537 71 77 o bien por email: sae.es@sae.bbva.com