El Tribunal Supremo contra el IVPEE
El Tribunal Supremo ha vuelto a cuestionar la constitucionalidad del IVPEE, porque aprecia una posible vulneración del principio de capacidad económica desarrollado por el artículo 31.1 de la Constitución Española.
El 19 de enero y el 28 de febrero de 2018 dictó dos Autos en los que puso de relieve el interés casacional respecto a la referida vulneración, fruto de la coincidencia entre hechos imponibles del Impuesto de Sociedades, el IVPEE y el IAE.
En cuanto a la controversia sobre el cumplimiento de la normativa europea, por parte del IVPEE, el Tribunal Supremo descarta plantearlo frente al TJUE, a pesar de que en los autos de 2016 consideraba que sí podía vulnerar la Directiva 2008/118/CE.
En San José Abogados seguimos creyendo que es incompatible con la citada Directiva, de ahí que solicitemos en nuestros recursos contenciosos administrativos, que los Tribunales Superiores de Justicia eleven dicha cuestión al TJUE, para que se pronuncie al respecto.
Con la nueva postura de nuestro Alto Tribunal, el Tribunal Constitucional tendrá que entrar a valorar la posible inconstitucionalidad del IVPEE, puesto que desaparece el motivo que le llevó a posponer su decisión tras los Autos de 2016, que no era otro que la repetida vulneración de la normativa europea.
Nuestra recomendación a las empresas afectadas por la creación del IVPEE es que sigan solicitando los importes que se vean obligados a declarar, y agoten la vía administrativa, a fin de que puedan recuperar su dinero, en el supuesto de que finalmente se declare la inconstitucionalidad del impuesto. Podéis llamarnos sin compromiso para que os asistamos en el proceso de reclamación.