Sentencia Supremo 27 de enero de 2021 sobre tasación

El Tribunal Supremo dictó el pasado 27 de enero de 2021 una Sentencia que condena a las entidades bancarias a pagar los gastos de tasación de los inmuebles hipotecados cuando no sea aplicable la Ley 5/2019  de 15 de marzo, sobre los contratos de crédito inmobiliario.

Con esta resolución del Pleno considera resueltas todas aquellas cuestiones que se suscitaron en 2015 a raíz de su primera Sentencia sobre los gastos hipotecarios que venían pagando los clientes como consecuencia de que las entidades bancarias se los habían impuesto de manera ilegal.

Tras años de resoluciones dispares entre los diferentes juzgados de España, el Tribunal Supremo acaba estableciendo que la nulidad de la cláusula gasto comporta que el Banco deba devolver:

  • 50% de los gastos de Notario.
  • 100% de los gastos de Gestoría, tasación y Registro de la Propiedad.