¿Eres empresario o autónomo? Reclama el dinero de la cláusula suelo

¿ERES EMPRESARIO, PROFESIONAL O AUTÓNOMO Y TIENES UN PRÉSTAMO CON CLÁUSULA SUELO? EL TRIBUNAL SUPREMO HA ABIERTO UN NUEVO CAUCE PARA QUE ÉSTA SEA DECLARADA NULA Y PUEDAS RECLAMAR LO PAGADO DE MÁS.

 Resumen:

Como es conocido, nuestra jurisprudencia ha venido estableciendo dos bloques claramente diferenciados entre aquellas cláusulas suelo suscritas por un consumidor, por un lado, y aquéllas suscritas por un empresario o profesional. Tradicionalmente ha entendido que consumidores y usuarios deben ser protegidos por encontrarse en una situación de inferioridad negocial; y que empresarios y profesionales sí tienen capacidad para entender y suscribir voluntariamente las cláusulas a las que se adhieren en el acuerdo. Sin embargo, esta Doctrina ha cambiado a raíz de la sentencia del Tribunal Supremo de 11 de marzo de 2020, en la que se consolida una tendencia iniciada con la sentencia de 25 de enero de 2019, también de nuestro Alto Tribunal.

 Artículo:

Desde el año 2019, el Tribunal Supremo ha venido consolidando la tendencia ya apuntada por las audiencias provinciales de declarar la nulidad de las cláusulas suelo suscritas por clientes no consumidores.

Así, en su auto de 16 de junio de 2021 el Tribunal Supremo inadmitió el recurso de Caja Laboral Popular interpuesto contra la sentencia 579/2018 de la Audiencia Provincial de Álava, en la que se declaró la nulidad de la cláusula suelo impuesta a una zapatería por no informar a sus clientes de la incorporación de una cláusula que limitaba la bajada del tipo de interés.

Ya algunos meses antes, el 11 marzo de 2020, el mismo Tribunal había dictado una sentencia por la que declaraba nula una cláusula suelo introducida en un préstamo con garantía hipotecaria concluido con un taxista que pretendía adquirir una licencia.

El último paso en el que se confirma el cambio de Doctrina es la reciente sentencia de 20 de mayo de 2022 de un juzgado de primera instancia de Barcelona. En ella se establece la nulidad de una cláusula suelo respecto de los avalistas, argumentando que su “expulsión” del contrato debe beneficiar a todos los firmantes del préstamo, independientemente de la condición de consumidor o profesional de la demandante perjudicada, quien era farmacéutica y había suscrito la escritura de préstamo hipotecario el mismo día en que formalizó la compraventa de la farmacia para la que iba destinado el préstamo (literalmente, el juzgado afirma que “En el momento en que se declarasen nulas las cláusulas del contrato por tener algunos de los prestatarios la condición de consumidores, lógicamente no podrían oponerse a los otros contratantes, aunque no compartieran dicha posición privilegiada al tener esa declaración de nulidad el efecto de ser expulsada dicha condición del contrato con efectos erga omnes”).

En San José Abogados hemos intervenido activamente en este cambio de tendencia, y el 5 de septiembre de 2022 nuestro compañero Xabier Bilbao ha obtenido una sentencia por la que el Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de Bilbao, con independencia de la condición de profesional o empresa – no consumidor – de nuestro cliente, ha centrado el foco del debate jurídico en la prueba sobre la inclusión de la cláusula suelo en la escritura hipotecaria, puesto que, siguiendo el criterio del Tribunal Supremo, ha considerado que no es suficiente que figure en la propia escritura o que haya sido leída por el Notario para otorgarle validez, obligando por el contrario a la entidad bancaria a demostrar que había informado con carácter previo de la incorporación de la misma, y al no haber cumplido tal obligación, ha estimado la demanda provocando que un estudio de arquitectura recupere todo su dinero.

 Si firmaste una hipoteca con cláusula suelo en nombre de tu empresa, o eres un autónomo que pediste una hipoteca que tiene cláusula suelo, no dudes en ponerte en contacto con este despacho profesional para que analicemos tu caso sin ningún coste, ni compromiso. Podemos hacer que recuperes tu dinero.